Ser o no ser, querer ser y no poder. La larga problemática laboral en el INAH

Efraín Flores López

Dirección de Registro Público de Monumentos y Zonas Arqueológicos e Históricos

Pareciera una avocación al monólogo pronunciado por el príncipe de Dinamarca en la obra de Shakespeare, pero esta es una tribulación ante la duda que recoge la aparición de su padre que reclama venganza por su asesinato. Sin embargo, esta duda, con la que inicia este trabajo, se refiere a la incertidumbre que ahora inunda las generaciones actuales que no encuentran espacio o reconocimiento siquiera de existencia en el actual mundo del trabajo, dictaminado por el modelo global preponderante que se niega a desaparecer por decreto y que tal, como una estrella, que consume todo su combustible antes de morir, el modelo Capitalista Neoliberal está dispuesto a quemar todas las naves con tal de obtener ganancia hasta la última gota de recurso planetario.

La realidad que atraviesa el Instituto Nacional de Antropología (INAH), a la cual pertenecemos, no puede circunscribirse a nuestro entorno inmediato. Es necesario tomar en cuenta las condiciones económicas, presupuestales, legales, coyunturales y políticas de carácter local y global que determinan la vida que cada año parece llevarnos a puertos de incertidumbre que se vuelven costumbre.

Como señala Adrián Sotelo “asistimos a un punto de inflexión en la historia contemporánea de la humanidad donde las antiguas condiciones y los paradigmas que habían regido la vida social de los hombres y las naciones están cambiando o se están agotando vertiginosamente” (Sotelo, 2015 :19).

¿Dónde estamos en este momento? Si preguntamos a Gabriela Ramos Directora General de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), hace algunos años, dijo que “…el modelo de crecimiento que hemos generado no es sostenible porque, en primer lugar, nos hemos enfocado a la producción, al consumo, al PIB (Producto Interno Bruto) y a los mercados, pero con eso no evitamos las crisis” (Naum, Uriel. 2016); y dos años después su jefe José Ángel Gurría declaró sin rubor que el Neoliberalismo No existe (Ramírez, Zacarías. 2019). Pero ¿Acaso no son ellos parte del equipo de artífices que nos han llevado a estas condiciones? Por lo tanto, ante una palpable crisis del modelo, conviene revisar una de las tantas esferas que han afectado de manera que parece irremediable: el mundo del trabajo.

De acuerdo con diversos académicos de la economía política, el llamado Estado Benefactor está en una condición de extinción desde la década de los años setenta del siglo pasado. Este modelo se caracterizaba por otorgar en la medida de lo posible al menos tres grandes beneficios: estabilidad en el empleo, seguridad social y servicios sociales. Sin embargo, no hay grupos de elite, ni convenios políticos y sindicales que toleren este tipo de manejo de la riqueza y menos cuando es la ganancia la que está en juego y la innovación tecnológica comienza a jugar un papel preponderante. Por eso, desde al menos los últimos treinta años se presenta una notable presión en los Estados para desregular los mercados, el manejo de los servicios y los derechos laborales y sociales.

Aquí comienza la desgracia

Si algo detesta el modelo capitalista y más específicamente el Neoliberal, es la economía basada en el reparto medianamente equitativo de la riqueza, el bienestar social y el trabajo decente, que lo sintetiza la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en su página internacional pues “sintetiza las aspiraciones de las personas durante su vida laboral. Significa la oportunidad de acceder a un empleo productivo que genere un ingreso justo, la seguridad en el lugar de trabajo y la protección social para las familias, mejores perspectivas de desarrollo personal e integración social, libertad para que los individuos expresen sus opiniones, se organicen y participen en las decisiones que afectan sus vidas, y la igualdad de oportunidades y trato para todos, mujeres y hombres.”

Esto no se ha cumplido y se ha sacrificado prácticamente todo en aras de seguir el canon que bien ha señalado en un reciente artículo el premio Nobel Joseph Stiglitz: “Incluso en los países ricos, se decía a los ciudadanos: «no es posible aplicar las políticas que ustedes quieren» (llámense protección social adecuada, salarios dignos, tributación progresiva o un sistema financiero bien regulado) «porque el país perderá competitividad, habrá destrucción de empleos y ustedes sufrirán» (Stiglitz, 2019).

Y así es que,  se instalaron poco a poco y con la indiferencia o complacencia de los ciudadanos y sus organizaciones, incluidas los sindicatos, un catálogo de medidas que Adrián Sotelo resume en cuatro dimensiones: desregulación jurídico-política, flexibilización de la fuerza de trabajo, desintegración laboral, salarial y social y finalmente la tercerización de las actividades productivas (Sotelo, 2015: 48).

Finalmente, hemos llegado al umbral que nadie esperaba, por primera vez las actuales generaciones no verán en su futuro, una mejoría en su condición con respecto a quienes los han antecedido. Peor aún, aquellos nuevos y potenciales trabajadores con mayor preparación y grado académico ven reducidas sus posibilidades de un empleo bien remunerado y con prestaciones mínimas de ley. Acerca de esta condición, Edgar Daniel Anaya señala bien, como las disposiciones de los organismos internacionales han influido desde los mecanismos de enseñanza y los modelos educativos para fortalecer las reformas estructurales impuestas en los países con el fin de fortalecer la economía de mercado (Anaya, 2019: 12).

Teniendo todo esto como antecedente. Ahora si podríamos pasar a la pregunta que forma parte del título de este trabajo.

Ser o no ser ¿que se es, cuando logras formar parte de una institución como el INAH?

De acuerdo con la Ley Orgánica del INAH, que data de su creación en el año de 1939, una de las cuatro funciones sustantivas y que se consagran en la fracción XVIII del artículo 2° corresponde a “Impartir enseñanza en las áreas de Antropología e Historia, conservación, restauración y museografía, en los niveles de técnico-profesional, profesional, de posgrado y de extensión educativa, y acreditar estudios para la expedición de los títulos y grados correspondientes” (Ley Orgánica, 1987). Cumpliendo esta tarea, se pueden realizar las demás señaladas en las fracciones del mismo artículo. Sin embargo, es tan amplia la tarea de esta institución, que los puestos de trabajo disponibles han ido experimentando una curva inversa con respecto a su carga de responsabilidades.

El INAH, como parte de la Administración Pública Federal, no ha escapado al impacto de las recetas neoliberales que dictan el adelgazamiento del Estado y sus puestos de trabajo, generando un decaimiento del modelo contrario de creación de plazas de trabajo de carácter permanente, con los derechos laborales que las distinguen.

A nivel global, el uso de modelos de contratación ilegales, opacos o temporales ha tomado especial fuerza en la administración pública, llevándonos al crecimiento exponencial de puestos precarios que no reconocen ningún tipo de relación legal del trabajo. Es cuando se generan los vacíos contractuales que llevan a la pregunta esencial

¿Qué tipo de trabajador soy?

De acuerdo con las Condiciones Generales de Trabajo del INAH (CGT), que cabe mencionar, datan de principios de los años ochenta del siglo pasado, en el Instituto se reconocen a los trabajadores y sus modalidades en el Capítulo II, artículos 16 al 19 (CGT, 1981). Desgraciadamente, las reformas en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Federal del Trabajo o leyes como la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria que engloban a todo lo que podemos denominar “El Estado” han ido debilitando la importancia de los Contratos Colectivos de Trabajo (CCT) y las CGT.  

Es así que, si queremos seguir indagando en nuestra condición laboral, podemos ver que hay muchos tipos de trabajador, teniendo sólo claridad en los trabajadores de base y los de confianza.

Y ¿El resto?

Según el INAH, a lo largo de los años, se han acuñado diversas denominaciones para ocultar mecanismos de contratación que esencialmente buscan negar toda relación laboral y con ello la erogación de salarios justos y prestaciones mínimas de ley. Es así que al menos desde los años noventa del siglo pasado, se les han llamado

  • Trabajadores por contrato
  • Trabajadores temporales
  • Trabajadores por obra y tiempo determinado (condición reconocida en las CGT del INAH en su artículo 26 fracción IV).
  • Trabajadores Eventuales
  • Trabajadores compactados
  • Trabajadores Compactables
  • Trabajadores por proyecto
  • Profesores de asignatura
  • Profesores Hora-Semana-Mes
  • Prestadores
  • Prestadores de servicios
  • Apoyo a Confianza
  • Trabajadores por honorarios
  • Trabajadores por honorarios asimilados a salarios
  • Trabajadores homologados
  • Ciudadanos

Y ya, en términos del dialogo convencional, pueden ser indocumentados, capítulo 3000, contratados, invisibles y finalmente los inexistentes tal como lo señaló en una reunión pública el Secretario Administrativo del INAH Luis Ignacio Sainz en el año 2006.

La intención de crear todo este catálogo variopinto de uso de la fuerza de trabajo para la institución obedece a la imperiosa necesidad de mantener la operatividad de la Institución, aun a costa de la violación de la Ley.

Desde los años ochenta, se buscaron mecanismos para tratar de solventar esta condición de detención en la creación de plazas, siendo el modelo llamado de contratación por proyecto, y el de trabajador por obra y tiempo determinado las de mayor utilización. En ambos casos, se generaban contratos que aparentemente cumplían con los requisitos de aplicabilidad en términos de salario y prestaciones mínimas como aguinaldo y vacaciones.

Entonces se consideraba que los contratos temporales se amparaban en el capítulo 1000.  Dentro del clasificador por objeto del gasto, el capítulo 1000 se refiere a “servicios personales” es decir, todo aquello que tenga que ver con las erogaciones a los servidores públicos reconocidos por el Estado. Siendo que en este gran apartado se desglosan otros términos, teniendo en el capítulo 1000, concepto 1100 al personal de carácter permanente y en el concepto 1200 y partida 121 y 122  a todos aquellos trabajadores de carácter transitorio de Honorarios asimilados a salario y salario base al personal de carácter eventual respectivamente.[1] A grandes rasgos en referencia sólo al salario.

Aquí surge una nueva condición ¿Qué derechos tienen los que están bajo este esquema de contratación? En términos de la Ley Federal de presupuesto y responsabilidad hacendaria artículo 69 los constriñen a recibir tan sólo un pago por prestar un servicio o trabajo temporal. Los impuestos que se pagaban por parte del trabajador en esta modalidad se denominaban ISPT de manera que igualmente, se desconocía toda relación de trabajo de acuerdo con los contratos firmados entre el trabajador y el instituto.

Ante esta afirmación, cualquier tipo de beneficio, como un esquema de protección social, antigüedad o prestaciones laborales se cancela en los hechos, quedando a la buena voluntad de los jefes inmediatos o del centro de trabajo. Espero que el lector recuerde también este dato sobre la jerarquía.

Durante finales del siglo XX y principios del actual, no parece haber tenido relevancia la figura del trabajador considerado como “prestador de servicios”, sin embargo, esta figura debe ser analizada con mayor detenimiento.

Esto pone de manifiesto, el uso de este mecanismo subterfugio para evitar la comprobación de una relación laboral además de una oración que aparece de manera recurrente en los contratos celebrados “el trabajador conviene y acepta que atendiendo al origen del presente contrato; no se derivan de él, en ningún caso, relaciones jurídicas de carácter permanente” y por otro lado amparado en el Art. 37 Fracción I de la LFT “- El señalamiento de un tiempo determinado puede únicamente estipularse en los caso siguientes: I. Cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar;” desde entonces la figura de Prestador ya se ocupaba.

El otro gran golpe vino de dos acciones en el gobierno de Vicente Fox Quezada, el primero fue el “Programa de Retiro Voluntario” que redujo en más de 21 mil plazas de carácter permanente al Gobierno Federal (Cervantes y Correa, 2002: 32), plazas que no se han recuperado y por otro lado la Ley del Servicio Profesional de carrera del año 2003. Con esto, el Gobierno Federal adelgazó las Administración Pública Federal (APF), pero desde entonces la burocracia se encareció con la creación de diversos puestos de mando con sueldos superiores a los que ostentaba el personal de base. La receta daba resultados, al menos para el capital y sus inversiones.

Esto fue la plataforma para la precarización de los puestos de trabajo en la APF en los sexenios de Vicente Fox, Felipe Calderón y finalmente de Enrique Peña Nieto.

Los esfuerzos por buscar una regularización

Ciertamente, esta condición no ha sido ignorada por los trabajadores que cuentan con un nombramiento como trabajadores de base y que además están organizados a través de un Sindicato de Académicos. Apreciaciones sobre el tema se han discutido en publicaciones como “política cultural y patrimonio” del año 2003 o las memorias del IV Congreso de Investigadores de INAH del año 2006.

Una opinión que sin duda movió diversas conciencias, fue la publicación de la columna titulada “los Indocumentados del INAH” en el año 2011 por parte del Arturo Alcalde Justiniani. Este nuevo concepto, “los indocumentados” daba cuenta de todo el ejército de trabajadores o bien un “ejercito industrial de reserva” como lo planteaba Marx.

El artículo de Alcalde señalaba puntualmente la violación sistemática de los derechos de los trabajadores a un salario justo, un reconocimiento por antigüedad y acceso a seguridad social para ellos y sus familias.  Decía en aquel entonces una trabajadora “Vivimos en una permanente angustia, nos sentimos como fantasmas” (Alcalde, 2011) se buscó constituir una gran demanda colectiva por el reconocimiento de la figura de Trabajadores y se optó incluso por una demanda ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos y su reforma del artículo 102. Hasta ahora, esos esfuerzos no han tenido el éxito esperado.

Con la creación de la Secretaría de Cultura, a través de un decreto para modificar la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal del 17 de diciembre del año 2015, la crisis institucional tomó nuevo rumbo. Lo que anteriormente se subsanaba a través de ampliaciones liquidas al presupuesto anual del INAH por parte de la Secretaría de Educación Pública (SEP) se detuvo. El INAH pasó del ramo 11 de la APF al ramo 48 de la Secretaría de Cultura, con un presupuesto que no creció más allá del asignado al desaparecido Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (Conaculta) lo cual, para ser exactos no ocurrió sino hasta 2017, pues todavía en 2016 se presupuestó en el ramo 11 de Educación Pública (Aog-PEF 2016).

El 29 de abril de 2016, en un hecho sin precedente, fue publicado en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de diputados, un punto de acuerdo de la Comisión de Trabajo y Previsión Social para que la Secretaría de Cultura, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, así como el INAH revisara, analizara y en su caso, regularizara la situación laboral de los trabajadores eventuales del instituto (Gaceta Parlamentaria 29-04-2016). En la presentación de este punto de acuerdo, se manejaba un total de 4726 trabajadores de base y en aquel entonces, 2229 trabajadores eventuales “no documentados y contratados al margen de la ley” y se ordenó una inspección por parte de la STPS.

En agosto de ese mismo año se informó por parte del subsecretario del Trabajo, Rafael Adrián Avante Juárez que, en visita del 26 de julio de 2016, se documentaron 40 presuntas violaciones (Gaceta Parlamentaria 23-08-2016). A la fecha no se conoce que ocurrió sobre esta situación.

Finalmente, durante el año 2018, se constituyó, lo que se pretendía fuera un movimiento de carácter nacional para visibilizar la problemática laboral de los investigadores por contrato, como se determinó llamarlos entonces.

El camino andado para entonces, llevó a pensar, que una negociación con los funcionarios no rendiría frutos, por lo tanto, se determinó examinar el camino jurídico. En Julio de 2018, se constituyó el “movimiento 23 de julio” con la finalidad de conjuntar las distintas experiencias en materia de contratación. Incluso, se realizó una movilización a la entonces casa de transición del ya presidente electo Andrés Manuel López Obrador. Se recibió un pliego petitorio y se asignó un folio. No hubo respuesta formal a esa solicitud.[2]

En este contexto, debe señalarse un mecanismo de contratación que resulta ser el más socorrido en la actualidad: la contratación de “prestadores de servicios”. Como señalé antes, al parecer no es nuevo, pero ahora se ha generalizado este modelo de contratación que puede considerarse sin duda como Tercerización o coloquialmente llamado Outsourcing.

A través de este mecanismo, no se requiere formalizar relación laboral alguna, de manera que sólo se contempla el recurso suficiente para sufragar el pago de un “servicio” y se libera al contratante de todo compromiso con el “prestador”.

Este modelo no es ilegal estrictamente hablando, pero las tareas de una institución que requiere ser efectiva por disposición de ley, requiere personal con una permanencia en sus labores de carácter profesional. Este contrasentido da pie a la determinación de irregularidad y deriva en la ilegalidad de la asignación de sus responsabilidades como servidores públicos que representan una Institución con autoridad sobre el patrimonio nacional.  

Todo por el dinero

Sin duda, ha sido una circunstancia sumamente difícil de enfrentar, pues una institución como el INAH está supeditada a disposiciones que como hemos señalado al inicio, obedecen a un modelo de gobierno que busca limitar al máximo todo compromiso laboral y legal para con sus trabajadores.

Pero si de dinero y plazas se refiere,  podemos señalar que la pérdida sistemática de plazas ha sido la constante hasta el último año. En una revisión muy somera de los analíticos que componen el presupuesto institucional, tenemos que, en el año 2011, el INAH contaba con 5124 plazas de base, 4968 para 2018 y 4910 para el 2020. Este es un dato que se debe analizar y que puede corroborarse en cada uno de los desgloses del Presupuesto de Egresos de la Federación. Sin embargo, esto contrasta con un presupuesto que se incrementó tan sólo del año 2019 al 2020 pasando de 3,739 millones a 3,918 millones de pesos. La pregunta es ¿Cómo queda distribuido el gasto?

Cabe señalar, que el número de plazas permanentes distribuidas en cada uno de los presupuestos asignados, no refiere al personal de base, pues incluye a toda la estructura de funcionarios y puestos de confianza asignados. Es así que en 2008 para el capítulo 1000 se contemplaban 1,666 millones de pesos, pasando a 2,297 para 2015, 2,380 para 2018 y en el 2020  por  $2,537,337,251.00  pesos. Sin embargo, recordemos que el número de plazas se ha reducido. Una nueva incógnita que responder.

Año con año, la situación de precarización del empleo, los recortes presupuestales en la APF y la exigencia de reducir las opciones de prestaciones dignas a los nuevos trabajadores están llevando a una situación límite al Estado. A esta condición, se debe sumar la crisis que se avecina ante el eventual colapso del sistema de pensiones que deben ser otorgadas por el Estado.

Ahora, recordemos que se mencionó la importancia de la seguridad social y su regular aplicación. En el caso del INAH, existen conceptos llamados “compensaciones garantizadas” en diversos puestos de confianza. Esta irregularidad se traduce en una aportación menor al régimen de pensiones que a la larga llevará al trabajador a un porcentaje mucho menor del esperado, en caso, de que sea acreedor a una pensión por medio del sistema de retiro individualizado. Es decir, el concepto P06 de sueldos es mucho menor de forma convencional y se incrementa con el concepto P07 de Compensación Extraordinaria que no es base de cálculo para las aportaciones en servicios sociales.

La Cuarta Revolución Tecnológica

Si algo podemos reconocer, es que la innovación tecnológica y su aplicación en el mundo del trabajo nos enfrenta a la reducción sistemática de las fuentes de empleo. Las tareas asignadas a trabajadores son desarrolladas por aplicaciones elaboradas por consorcios que se utilizan de manera rutinaria sin medir la afectación al derecho de un trabajo digno a millones de seres humanos.

En la investigación, sobre todo la de campo, la aplicación de avances tecnológicos ha ido desplazando poco a poco las tareas que recurrentemente se llevaban a cabo a pie, como pueden ser los recorridos de exploración arqueológica o los levantamientos de bienes inmuebles. El uso de tecnología de geolocalización, de percepción remota y de penetración por medio de sensores, sobre todo laser, se ha propuesto como herramienta de reducción de costo y tiempo, pero desplaza tareas que antes eran asignadas al personal de instituciones especializadas para ser otorgadas a empresas de carácter privado, sobre todo, que al igual que lo expuesto hasta ahora, pueden aplicar estrategias de sobreexplotación de trabajadores y especialistas.  

Conclusiones y propuestas

Como se ha podido apreciar, este es un acercamiento muy superficial de la condición en la que se encuentra el INAH ante los retos del mundo laboral. La situación es sumamente preocupante y pone en riesgo la necesaria renovación del personal que tiene la encomienda de hacer cumplir un mandato de Ley Orgánica y de Ley Federal sobre monumentos, así como referentes a la materia de patrimonio cultural.

La situación laboral del INAH no puede desligarse de la condición de precariedad que estamos viviendo actualmente. Es necesario plantear análisis objetivos que no se reduzcan a la solicitud de recursos económicos, sino al análisis de la verdadera función de las ciencias antropológicas, la formación de nuevas generaciones de investigadores y trabajadores del patrimonio y el papel fundamental que tiene la cultura en la generación de ingresos, la justicia laboral, el fortalecimiento de la identidad regional y su valorización como base fundamental de la estructura social.

Bibliografía

Alcalde Justiniani, Arturo (2011) “los Indocumentados del INAH” Periódico La Jornada, Opinión, 27 de agosto de 2011.

Anaya Torres, Edgar Daniel (2019) Calidad educativa como precariedad laboral: Análisis de América Latina. En Revista Latinoamericana de Estudios Educativos (México), vol. XLIX, núm. 2, pp 9-33, 2019.

Cámara de Diputados LXIII Legislatura. Gaceta Parlamentaria, año XIX, número 4519, viernes 29 de abril de 2016 Disponible en http://gaceta.diputados.gob.mx/

Cámara de Diputados LXIII Legislatura. Gaceta Parlamentaria, año XIX, número 4602, martes 23 de agosto de 2016 Disponible en http://gaceta.diputados.gob.mx/  Oficio 200/SDT/104/2016 suscrito por Rafael Adrián Avante Juárez.

Cervantes, Jesusa y Guillermo Correa (2002) “Con Fox, la burocracia se encareció” Revista Proceso No. 1115, 24 de marzo de 2002. México.

Delegación D-II-IA-1 Sección 10 SNTE. Profesores de investigación científica y docencia del Instituto Nacional de Antropología e Historia (2003) Política Cultural y Patrimonio. Delegación Sindical DII-IA-1, H Cámara de Diputados LVIII Legislatura. México.

Delegación D-II-IA-1 Sección 10 SNTE. Profesores de investigación científica y docencia del Instituto Nacional de Antropología e Historia (2006) Memoria del IV Congreso Nacional de Investigadores del INAH. Delegación D-II-IA-1 Sección 10 SNTE, México.

Naum. Uriel (2016) El modelo económico actual no es sostenible: OCDE. Revista Forbes (06-09-2017). https://www.forbes.com.mx/el-modelo-economico-actual-no-es-sostenible-ocde/ (Consultado el 30 enero de 2020).

Organización Internacional del Trabajo (2020) Impulsar la Justicia social, promover el trabajo decente https://www.ilo.org/global/topics/decent-work/lang–es/index.htm (Consultado el 11 de febrero de 2020).

Ramírez Tamayo, Zacarías (2019) Desconoce José Ángel Gurría lo que es el Neoliberalismo. Revista Forbes (18-06-2019). https://www.forbes.com.mx/desconoce-gurria-lo-que-es-el-modelo-neoliberal/ (Consultado el 30 enero de 2020).

Sotelo Valencia, Adrián (2015), El Precariado ¿Nueva clase social? Universidad Nacional Autónoma de México, México.

Stiglitz, Joseph (2019), The end of the neoliberlism and the rebirth of history. Project Syndicate. https://www.project-syndicate.org/commentary/end-of-neoliberalism-unfettered-markets-fail-by-joseph-e-stiglitz-2019-11/ (Consultado el 5 de noviembre de 2019).

Leyes, Reglamentos y Convenios

Analítico por objetos del gasto (2016). Presupuesto de egresos de la Federación para el año 2016. Disponible en https://www.pef.hacienda.gob.mx/es/PEF/Analiticos_Presupuestarios.

Condiciones Generales de Trabajo del INAH (1981) segunda edición  2007, Instituto Nacional de Antropología e Historia. Disponible para su consulta y descarga en <https://gobiernodigital.inah.gob.mx/Transparencia/Archivos/13754451582.pdf>

Ley Federal del Trabajo. México, texto vigente al 2 de julio de 2019.  Disponible en <http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_020719.pdf>

Ley Orgánica reformada del Instituto Nacional de Antropología e Historia (1939) última reforma del 17 de diciembre de 2015. INAH, México. Disponible en <http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/170_171215.pdf>

[1] Clasificador por objeto de gasto en la Administración Pública Federal de 2020

[2] Acusan investigadores ilegalidad en INAH Yanireth Israde Reforma CDMX, 23 julio 2018