El fetichismo de la Constitución en tiempos de la 4T

Alejandro González Basurto (@alexgb1994) *

El fetichismo (neoliberal) de la Constitución

A partir del primero de diciembre de 2018, la defensa a ultranza del texto constitucional se ha convertido en una de las principales banderas discursivas de la oposición neoliberal. Curioso giro retórico por parte de políticos e intelectuales neoliberales, considerando que, entre 1982 y 2018, esos mismos personajes impulsaron numerosas y profundas reformas en contra del espíritu eminentemente social de la Constitución de 1917, para adaptar el Estado a su proyecto e intereses de clase.

Siguiendo la narrativa neoliberal, cada cambio que se introduce hoy al texto constitucional, es un paso más cerca de la dictadura, el populismo, el comunismo, el fascismo, etc. Nos dicen que para preservar la democracia (democracia en un sentido liberal, desde luego) es necesario mantener inmutable el texto constitucional, tal como se encontraba hasta el 30 de noviembre de 2018. Como si la Constitución debiese existir en un limbo, ajena a los acontecimientos históricos, los cambios en la correlación de fuerzas políticas y las modificaciones al sistema de producción. Han erigido la Constitución en un fetiche.

El Diccionario filosófico soviético definía al “fetichismo” como la divinización de diversos objetos (fetiches), a los que se les atribuyen fuerzas misteriosas, sobrenaturales, inasequibles para la comprensión humana. El fetichismo suele asignar propiedades naturales a los objetos creados por la cultura humana; suele invisibilizar el carácter social de las cosas, dotándolos de una supuesta “naturalidad”. [1]

En ese orden de ideas, los neoliberales mexicanos ejercen un fetichismo en torno a la Constitución: tratan de convencernos de que el texto constitucional, tal como quedó redactado cuando dejaron el poder, es el orden natural de las cosas, y que por lo tanto debería conservarse intacto, bajo el riesgo de que cualquier modificación realizada por la 4T pondría en entredicho al orden social, a las instituciones, a la democracia y a la república (abstracciones que, a su vez, son también fetiches liberales).

El presente texto pretende desarrollar una crítica a ese fetichismo de la Constitución a partir de la perspectiva materialista del texto clásico de Ferdinand Lasalle llamado “¿Qué es una Constitución?”.

¿Qué es una Constitución? La política crea al derecho o viceversa.

Una de las cuestiones clásicas del constitucionalismo es aquella que trata de determinar si la esfera política crea al derecho o si es el derecho el que determina a la política. Planteo la discusión a muy grandes rasgos a partir de la postura materialista de Ferdinand Lasalle en contraposición con la postura idealista de los positivistas jurídicos.

En una conferencia realizada en Berlín en el año 1862, el abogado socialista Ferdinand Lassalle –precursor del Partido Socialdemócrata Alemán– desarrolló una de las definiciones clásicas de lo que es una Constitución: la expresión jurídica de los factores reales de poder. Señaló Lasalle:

He ahí señores lo que es, en esencia, la constitución de un país: la suma de los factores reales de poder que rigen en ese país […] Se toman estos factores reales de poder, se extienden en una hoja de papel, se les da expresión escrita, y a partir de este momento, incorporadas a un papel, ya no son simples factores reales de poder, sino que se han erigido en derecho, en instituciones jurídicas. [2]

La definición de Lasalle es sumamente relevante, ya que des-fetichiza al texto constitucional y lo inserta en un contexto socioeconómico e histórico determinado. Desde una perspectiva realista (y de sentido común), Lasalle describe que, en cualquier sociedad moderna, en un primer momento existen las relaciones de poder entre los diversos actores sociales y en un segundo momento existe la Constitución, que no es otra cosa que el reflejo de esas relaciones en un texto. La de Lassalle es, pues, una perspectiva materialista del constitucionalismo.

En otras palabras, Lasalle sostiene que primero existe la política y luego existe el derecho. Entonces, lo relevante no sería el contenido de cada uno de los artículos per se, sino el papel histórico, político y económico que éstos cumplen en el mantenimiento de las relaciones entre las clases sociales. Desde esa perspectiva, si los factores reales de poder cambian, naturalmente las Constituciones escritas deberían cambiar para reflejar las nuevas correlaciones de fuerzas. Por ello es común que, tras una revolución o movimiento social de gran alcance, se modifique radicalmente la Constitución e incluso se redacte una nueva.

En sentido contrario a Lasalle, el positivismo jurídico tiene una concepción ahistórica e idealista de la Constitución. Para ellos, la Constitución pareciera haber surgido de la nada y existir por encima de la sociedad. La principal premisa del positivismo jurídico es el culto a la norma, prescindiendo de cualquier análisis metajurídico acerca de la ideología detrás de la ley, de los grupos políticos que la crearon y de las relaciones de producción material que legitima. [3] Es, pues, puro idealismo jurídico al servicio del statu quo.

En su dogmatismo, los positivistas parecen sostener que es el derecho (la Constitución) el que crea las relaciones de poder (la política) y no al revés. Por ello son tan adversos al cambio en el texto constitucional. No cabe duda de que los neoliberales mexicanos, sea por motivos ideológicos o por intereses llanos, han asumido una postura positivista en la defensa del texto constitucional a partir de la llegada al poder de la 4T.

La deformación del proyecto constitucional mexicano durante el neoliberalismo

Entre los estudiosos del derecho constitucional, existe el consenso de que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) de 1917 fue la primera constitución de la historia en incluir los derechos sociales en su articulado. Entre sus aportaciones al constitucionalismo social se encuentran el artículo tercero, que reconoció el derecho a la educación pública; el artículo 27, relativo al reparto agrario, y el 123, que establece los derechos de los trabajadores. En ese sentido, la CPEUM cristalizó las aspiraciones obreras, campesinas y populares de la Revolución de 1910.

Ese reconocimiento de derechos en la Constitución no surgió de la nada ni fue una concesión graciosa de las élites; sucedió porque en el periodo de lucha armada se alteró radicalmente la correlación de fuerzas entre los diversos actores sociales. Las vanguardias obreras, campesinas y obreras se habían convertido en factores reales de poder capaces de exigir que algunas de sus banderas se elevaran a rango constitucional, aún contra las resistencias de la burguesía (las tensiones entre los intereses de las clases pueden identificarse claramente en el Diario de los Debates del Congreso Constituyente). [4]

Sin ahondar en detalles, durante el periodo comprendido entre 1917 y 1982, el proyecto constitucional reflejó el papel preponderante que el Estado ejercía no sólo en la esfera política, sino también en el proceso económico nacional, como productor directo de bienes y servicios, con relativa independencia del extranjero. Con todos sus errores, limitaciones y aberraciones, el Estado corporativista mexicano era relativamente receptivo a las demandas obreras, campesinas y populares, particularmente a aquellas emitidas desde los sectores al interior del partido (CTM, CNC y CNOP).

Además del Estado, existían algunos otros factores de poder relevantes como la iglesia, los caciques locales y los empresarios que ejercían una gran influencia en la toma de decisiones. Sin embargo, la dominación del aparato Estatal (ejercida institucionalmente a través de la figura presidencial) sobre el resto de los actores nunca estuvo en entredicho.

Sin embargo, a partir de 1982 comenzó el proceso para implantar el modelo económico neoliberal en México. Ese proceso estuvo caracterizado, entre otros elementos, por la llegada a las altas esferas del poder de una casta tecnocrática formada en universidades extranjeras, la influencia cada vez mayor de la clase empresarial en la política y la economía, la intervención creciente de los intereses transnacionales en el diseño de las políticas nacionales y la pérdida de poder de los sectores obrero, campesino y popular. Para dotar de un ropaje legal a ese cambio en la correlación de fuerzas entre los factores reales de poder, fue necesario modificar radicalmente la Constitución.

El modelo económico neoliberal era incompatible con los principios sociales de la Constitución de 1917. Por ello, se realizaron sendos cambios al texto constitucional en torno a varios ejes: la reestructuración del régimen de propiedad agraria, los procesos de privatización y desmantelamiento de la estructura productiva estatal, la recomposición de las relaciones laborales, la reestructuración educativa, la redefinición de las relaciones entre el Estado y la iglesia, y la integración política y económica al proyecto norteamericano. [5]

La 4T y el retorno a lo social

 A partir de 2018, México ha experimentado un profundo cambio en la correlación de fuerzas entre los factores reales de poder. La 4T ha impulsado nuevamente el papel central del Estado como el actor dominante del sistema político y con una mayor influencia en la esfera económica, en la que funge como mediador entre los intereses de las diversas clases sociales, pero poniendo especial énfasis en atender las demandas de los sectores más depauperados del país.

A diferencia de otros procesos latinoamericanos, como los ocurridos en Bolivia, Ecuador y Venezuela en años recientes, la intención de la 4T no es redactar una nueva Constitución que rompa totalmente con el pasado [6]. La consigna parece ser retomar y ahondar los aspectos nacionalistas y de dimensión social de la Constitución de 1917. Para lograrlo, será necesario desmontar las reformas realizadas por los neoliberales, o al menos sus aristas más filosas.

No quiere ello decir que la 4T sea, como afirman los analistas neoliberales, una suerte de “retorno al PRI de los setentas”. El contexto ha cambiado profundamente: el PRI nació desde el poder y se mantuvo en el poder a través de la fuerza y el fraude; MORENA es un movimiento nacido desde la oposición al poder, y llegó a este a través del apoyo democrático de la gran mayoría del pueblo, aún contra la resistencia de la burguesía y sus instituciones. A diferencia del régimen priísta, que creó todo un andamiaje político y económico a la medida de los intereses de las facciones revolucionarias, la 4T legó el sistema creado por el neoliberalismo (el cual extiende sus tentáculos en varias esferas: funcionarios, periodistas, organizaciones de la sociedad civil, jueces, empresarios, gobernadores, etc.). El Presidente no controla, ni pretende controlar al resto de los poderes. Tampoco controla a la sociedad a través de corporaciones. En fin, hablar de una vuelta al PRI es ocioso.

En fin, a partir de 2018, los factores reales de poder que mueven a la sociedad mexicana se han alterado por la vía democrática. Las reformas a la Constitución son una buena noticia, muestra de que el Estado está recuperando su rol como el factor de poder determinante del sistema, fungiendo además como mediador entre las clases, pero poniendo en el centro a los más pobres. Defender hoy la permanencia del texto constitucional legado por los neoliberales es defender un fetiche: es defender al statu quo.

[1] Rosental, M. y Iudin, P. (1946). Diccionario filosófico marxista.  Ediciones Pueblos Unidos, Montevideo. Disponible en: https://www.filosofia.org/urss/img/1946dfm.pdf

[2] Lasalle, F. (2013). ¿Qué es una constitución? Editorial Temis, Bogotá.

[3] Correa Vargas, R. (2006). Reflexión en torno al concepto de constitución en la cultura jurídica moderna, Ratio Juris, vol. 2, núm. 4, enero-junio, 2006, pp. 57-70 Universidad Autónoma Latinoamericana, Medellín, Colombia. Véase:  https://www.redalyc.org/pdf/5857/585761346006.pdf

[4] Véase: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpeum/DD_Constituyente.pdf

[5] Roux, R. (2009). El Príncipe fragmentado. México: despojo, violencia y mandos. Véase: http://biblioteca.clacso.edu.ar/ar/libros/grupos/arceo/11roux.pdf

[6] Véase: https://lopezobrador.org.mx/2019/02/05/correspondera-a-futuras-generaciones-elaborar-cuarta-constitucion-presidente-amlo/

* Maestro en Administración y Políticas Públicas por el CIDE.